Antidumping

El Antidumping es una medida proteccionista que toma un país para proteger la producción local de un producto o de un sector determinado frente a las importaciones del mismo producto de terceros países donde el coste de producir es inferior al coste de fabricación de dicho producto en el país que toma la medida proteccionista.

Si, lo sé. Dicho de esta forma resulta un poco difícil de entender. Voy a intentar explicarlo de forma mas sencilla…

El Dumping significa vender un producto por debajo de su precio normal o por debajo de su coste de fabricación. Por lo tanto cuando hablamos de medidas antidumping son medidas que evitan la practica de vender un producto por debajo del precio normal.

Estas medidas vienen acompañadas de unas tasas especiales a la importación de dichos artículos. Además del propio arancel correspondiente a dicho producto.

Son los propios fabricantes del país quienes al comprobar que hay artículos que se están introduciendo en el país a un precio inferior al coste de producir dicho artículo en el propio país presenta una queja ante la comisión europea (o ante el gobierno de cualquier país no perteneciente a la UE) para que abra una investigación y se ponga en contacto con fabricantes, importadores y exportadores para analizar los precios de todos los procesos de producción y poder tomar, en su caso, medidas proteccionistas.

Tanto la UE como China forman parte de la Organización Mundial del Comercio (OMC) y se rigen por sus normas, acuerdos y recomendaciones, pero al final es el propio país quien va a determinar que medidas va a adoptar para proteger a su industria local.

Es evidente que muchos productos que se fabrican en China están por debajo del precio de producción de los países occidentales, pero en muchos casos hay que analizar si estos precios inferiores son debidos al tipo de cambio o son por subvenciones del propio gobierno chino a determinados productos. Lo que se conoce como beneficios fiscales a la exportación. El conocido TAX BACK!

Cuando empece en el negocio de la importación en el año 2005 existía una cuota para la importación de artículos que utilizaban mas del 60% de materia prima de algodón. Dicha cuota tenia un limite de varios miles de toneladas anuales con un tipo de arancel reducido, pero una vez superado dicho limite el arancel volvía al tipo normal. Era una medida proteccionista limitada. Se requería de una licencia de exportación/importación que no todos los proveedores en China podían conseguir.

Son factores que están por encima de nosotros y que poco podemos hacer. Ocurre lo mismo con los gobiernos. Poco podemos hacer contra los cambios de gobiernos. Da lo mismo que gobierne alguien de izquierdas o de derechas. PP, PSOE o PODEMOS… Solo podemos y debemos adaptarnos. El pataleo no tiene sentido en estos casos. Si existe una medida antidumping para el producto que queremos importar simplemente tenemos que asumir dicha medida y añadir la tasa antidumping en nuestros costes. Si el producto sigue siendo interesante entonces lo importamos. Si no es interesante entonces no lo importamos o buscamos otras alternativas que traten de evitar dicho antidumping. Lo podemos llamar como la «picaresca legal». Siempre que este dentro de la legalidad podremos enviar el producto a otro país para despacharlo y después enviarlo a nuestro país… Siempre que el coste sea inferior a pagar la tasa antidumping lo podemos valorar. Todo es cuestión de hacer números…

En estos momentos el antidumping mas conocido entre algunos de los lectores es el antidumping que se esta aplicando a las bicicletas y sus partes procedentes de China. Existe una tasa antidumping del 48,5% y un arancel del 14% +  el IVA del 21%.

Por lo tanto si el valor de la bicicleta puesta en nuestro país es de 100€ tendremos que pagar un 14% de arancel + 48,5% de antidumping + un 21% de IVA… Entre tasas e impuestos estaremos pagando 104,84€. Mas del coste del propio producto. Es una medida proteccionista desmesurada. Pero como he comentado anteriormente. No tiene mucho sentido patalear contra dicha medida. Lo podemos ver justo o no, pero es lo que hay y poco o nada podemos hacer. Es una medida adoptada por la UE para todos los estados miembros.

100€ x 14% = 114€ (14€ de Arancel)

114 x 48,5% = 169,29€ (55,29€ Tasa Antidumping)

169,29 x 21% = 204,84€ (35,55€ IVA)

Para saber si el producto que deseamos importar tiene alguna medida antidumping, solo debemos acudir a nuestra cámara de comercio local y pedir información de tasas e impuestos para dicho producto. Si tu país pertenece a la Unión Europea lo puedes consultar desde su pagina web.

Jorge Mora
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2 comentarios en “Antidumping”

  1. Vaya, este artículo me ha sorprendido… Justo estaba estudiando abrir una tienda online de bicicletas pero desconocía por completo la existencia de este tipo de tasas, significa esto que ya no me saldría rentable la importación? Veo muchas empresas españolas que venden bicicletas originarias de China y los precios no son muy altos, no se cóo pueden hacer frente a esta tasa tan alta y que aún quede margen.

     

Los comentarios están cerrados.

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